REGLAMENTO INTERNO DEL C.C. MTB RIVAS:
El Club Ciclista MTB Rivas, es una asociación deportiva de carácter privado, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica y patrimonio, con plena capacidad de obrar para la práctica de sus asociados en actividades cicloturistas, ajustándose en su funcionamiento a principios democráticos y estando sometida a la
legislación deportiva vigente.
ARTÍCULO 1: El grupo de cicloturismo del C.C. MTB Rivas está abierto a todos sus Socios. Su finalidad es fomentar el ciclismo y se regirá por el presente Reglamento, aprobado en la reunión del 14/12/07 y posteriormente actualizado según lo dispuesto en las reuniones del 23/02/16 y 21/02/18.
ARTÍCULO 2: Cada temporada se confeccionará un programa de excursiones que será aprobado por la Junta Directiva del Club. Dicho programa podrá sufrir modificaciones que a juicio de la Directiva lo justifiquen.
ARTÍCULO 3: En cada una de las excursiones la Directiva nombrará un Jefe de Grupo, cuya misión será velar por la buena marcha de esta. Todos los cicloturistas participantes deberán seguir sus indicaciones, siendo sancionado quien no lo hiciese con la perdida de los puntos de esa excursión.
ARTÍCULO 4: A todos los participantes en las excursiones organizadas por el Club, se les asignará la siguiente puntuación:
- Salidas Oficiales del Club: 6 puntos.
- La colaboración en las pruebas o eventos en general organizados por el Club, será gratificada con 10 puntos.
- Rutas promovidas desde el club (Larga distancia, Enduro). Solo se podrá promover una de estas rutas al mes con un mínimo de 3 asistentes. 6 puntos.
- Marchas y competiciones ajenas al club. Solo se puntuará una marcha o competición por mes, pudiendo ésta ser en sábado o domingo y con un mínimo de 3 asistentes. 6 puntos.
Se representará al Club con la equipación reglamentaria y se evidenciará la asistencia (p.e. foto).
Se informará como mínimo con una semana de antelación a la celebración de las rutas, las marchas o las competiciones.
La puntuación será única para todos los socios del Club.
La Directiva debe garantizar a todos los Socios la posibilidad de conseguir la máxima puntuación.
ARTÍCULO 5: En caso de mal tiempo se determinará la suspensión de la excursión por votación de los Socios que se presenten a la salida. Si se decide suspenderla cada uno de los asistentes se anotará dos puntos.
ARTÍCULO 6: Cualquier socio que en una ciclomarcha represente al Club, deberá acreditar su participación en la misma para tener derecho a la puntuación. Esta notificación deberá ser realizada antes de los 30 días siguientes.
ARTÍCULO 7: Al final de la Temporada se realizará la clasificación de los Socios sumando los puntos que se hayan obtenido en cada una de las excursiones. En caso de empate se tendrán en cuenta las salidas realizadas por cada uno. Si persiste el empate se clasificarán en el mismo puesto. Si tuvieran derecho a trofeo se les otorgará a los dos por igual.
ARTÍCULO 8: Al finalizar la temporada se procederá al reparto de trofeos en el lugar que previamente se acordará.
ARTÍCULO 9: Si en el trascurso de una excursión se produjese una avería o accidente que impidiera a algún socio finalizarla, este tendría derecho a la puntuación total, así como el/los acompañantes que designe el Jefe de Grupo.
ARTÍCULO 10: Todo cicloturista que desee participar en una excursión está obligado a presentar la bicicleta en las debidas condiciones para efectuar el recorrido proyectado, así como llevar recambios de cámara, herramientas para su cambio, y conocer la forma de hacerlo.
ARTÍCULO 11: La salida oficial del Club será el domingo y si hay actividad social del Club, sólo puntuará esta.
ARTÍCULO 12: El pago de la cuota correspondiente se deberá realizar antes del 5 de enero del año en curso. El Socio que al final de la temporada tenga impagada dicha cuota, perderá el derecho a todo tipo de beneficio del Club. El impago de dos cuotas será motivo de baja del Club.
ARTÍCULO 13: Para realizar una salida con el Club, será obligatorio el uso del casco y respetar las Normas de Seguridad Vial. También será obligatorio salir, como mínimo, con la prenda superior oficial del Club (chaqueta, chaquetilla, maillot) para obtener la puntuación de la excursión. De no salir así de manera reiterada (excepto motivo justificado), se penalizará con el descuento de 2 puntos.
ARTÍCULO 14: Los Socios participantes en ciclomarchas o concursos, podrán representar al Club cumpliendo las normas mínimas de vestimenta detalladas en el artículo anterior.
ARTÍCULO 15: Todos los ciclistas que tuvieran menos de 14 años y más de 55 años no están obligados a realizar excursiones de más de 30 km siéndoles contados los puntos asignados ese día.
En las excursiones en que hubiera recorridos diferentes, ambos obtendrán el mismo número de puntos.
ARTÍCULO 16: Para el buen control de asistencia a las excursiones será imprescindible que los asistentes firmen a la salida de la excursión, dentro del tiempo de cortesía establecido para el cierre del control de firma, perdiendo los correspondientes puntos si no lo hicieran; salvo casos excepcionales que serán resueltos por la Junta Directiva. El Jefe de Grupo será el encargado de la recogida de firmas y éste, se encargará de entregársela al encargado de las puntuaciones designado al efecto por la Junta Directiva. Las hojas de Ruta se conservarán por lo menos durante la temporada y estarán a disposición de los socios que lo soliciten.
ARTÍCULO 17: Todos aquellos casos no citados en el presente Reglamento serán resueltos por la Junta Directiva que, en caso necesario podrá someterlo a la consideración de los Socios. Las dudas, reclamaciones, quejas o problemas internos que tuviese algún Socio sobre el presente Reglamento o sobre otros Socios, serán identificadas, canalizadas y aclaradas de manera discrecional por la Junta Directiva, bien por las vías existentes o por las de futura implantación.
ARTÍCULO 18: El Club recomendará a todos sus Socios que estén en posesión de la Licencia Federativa, expedida por la Federación Madrileña de Ciclismo. La Junta Directiva podrá emprender las acciones que estime oportunas para fomentar la federación de los Socios.
ARTÍCULO 19: Las salidas de las excursiones serán desde el Polideportivo “Cerro del Telégrafo”, salvo que previamente se especifique otro lugar por necesidades del recorrido. Se considerará terminada y puntuada la excursión, para los firmantes, una vez finalice el almuerzo en el punto elegido para ello; de esta manera los Socios podrán gestionar la llegada como y a donde consideren, sin ningún perjuicio.
ARTÍCULO 20: El Socio al que le sea encomendada alguna misión por la Junta Directiva que le impida realizar la excursión programada, tendrá derecho a la puntuación correspondiente.
ARTÍCULO 21: La hora de salida será la que se indique en el programa de excursiones, concediéndose 5 minutos de cortesía antes de cerrar el control de firma e iniciar la excursión.
ARTÍCULO 22: Los hijos/as de socios, no pagarán cuota de inscripción y contarán con la misma antigüedad que su padre/madre/tutor/tutora. Se aprueba por unanimidad que los padres, hijos, hermanos (…segundo grado de consanguineidad) y las parejas de los Socios, queden exentos de la cuota de inscripción al club, a partir del año 2017.
ARTÍCULO 23: Cualquier consulta o reclamación que alguno de los Socios desee realizar, lo hará a través del correo electrónico del Club y no en las rutas del domingo, y la Junta Directiva estudiará su consulta o reclamación.
La junta directiva