NUEVO COMUNICADO DE LA RFEC

Modificación de la Orden SND/388/2020 que regula el deporte federado desde la Fase 0:

– Se incluye en el grupo de deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel a los de alto rendimiento de las comunidades autónomas, como ya informamos en comunicados anteriores.

Para el resto de federados que no son del grupo anterior se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día.

Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán ahora modificar los horarios del deporte federado y no federado, pudiendo acordar que las franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.

Esta modificación entra en vigor a partir del próximo lunes 18 de mayo, para todos los territorios desde la Fase 0.